miércoles, 5 de octubre de 2011

Impresión de Facturas con Código de Barras Bidimensional CBB

Platicando por FaceBook (Feisbuk) con mi amiga Marilú Marinero me preguntaba respecto a la impresión de factura desde Excel, si es  o no válido hacerlas uno mismo. La respuesta es SI, siempre y cuando se reunan ciertos requisitos.

El requisito más importante es que la empresa no tenga una facturacion anual superior a igual a los 4 millones de pesos y solicitar algunas cosas al SAT.

Este documento se puede ahora generar desde la computadora del cliente, en Excel, word, o el programa que desee utilizar, con la ventaja de que ahora podrá llenarla totalmente desde su equipo e imprimir o generar un pdf el cual es totalmente válido.


Para aquellos que no requieren de la emisión de una Factura electrónica (CFD o CFDi)  es posible a partir del 2011 imprimir en la propia empresa sus facturas. Para ello se debe contar con un código de barras (CBB) similar al siguiente:


 Dentro de este pequeño cuadro (el cual debe imprimirse en un espácio mínimo de 2.75 x 2.75 cm a una resolucion de 200 dpi) se encuentra codificada la información referente al emisor y folios solicitados. Este código es proporcionado por el sat en formato JPG y para obtenerlo es necesario contar con lo siguiente:


1.Firma Electrónica Avanzada vigente.
2.Solicitar folios en el portal del SAT.
3.Solicitar en Certificado de sello digital
4.Solicitar la asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos.
5.Asegurarse de que sus facturas contengan la siguiente información:

•Nombre, denominación o razón social del emisor.
•Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
•Domicilio fiscal de quien los expida.
•Lugar y fecha de expedición.
•Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.
•Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
•Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra,
•Monto de los impuestos que deban trasladarse, en su caso, desglosados por tasas.
•Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.


Contener además:

•El Código de Barras Bidimensional (CBB) Solicitado en el portal del SAT.
•El número de aprobación y número de folio asignados por SICOFI (El cual tambien esta en el portal del SAT).
•La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.
•El requisito a que se refiere el artículo 29-A, fracción VII del CFF (que sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano).

Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un CBB como dispositivo de seguridad.(Que es el código de barras en un formato JPG)

Los folios asignados al contribuyente, así como el CBB, tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.

Importante: La opción de emitir comprobantes fiscales impresos dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a 4 millones de pesos, supuesto en el cual, a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el contribuyente deberá expedir sus comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF.


CLICK PARA VER EL VIDEO CON LA GUIA DE DISEÑO

En el caso de que desee un programa personalizado para la emisión de la factura , que contenga una base de datos con clientes, productos, relacion de facturas emitidas, etc  puedes mandarnos un mail a buhosw@prodigy.net.mx o mandar un sms al 271 113 0524 y con gusto te cotizamos el servicio. Aunque en esta modalidad puedes ahorrarte todos esos gastos y hacerlo tu mismo.

Si requiere mayor información puedes visitar el portal del SAT en la siguiente dirección:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19207.html

Saludos desde este lado del Cable!!

Carlo Magno Morales H.